El
sistema por omisión incluye dos tablas de vacaciones,
una de la ley anterior y otra con las actualizaciones,
los criterios para su aplicación se basarán en la Fecha de vigencia de inicio
indicada en esta ventana de configuración y en la fecha
de ingreso del trabajador, es decir, la nueva ley sólo
aplicará para los trabajadores que cumplan años de antigüedad
en una fecha posterior a la fecha de inicio de vigencia
de la ley.
La fecha de inicio
de vigencia ya viene definida por omisión según la fecha
en la que entra en vigor cada ley, pero podrás modificarla.
Utiliza el botón para desplazarte al siguiente registro o
tabla.
Los días de vacaciones
ya vienen preestablecidos, pero los podrás modificar según
lo requieras, ya que tu empresa los puede personalizar
siempre y cuando respete los días que se dan por ley.
*Funcionalidad
disponible solo desde Web para perfil de administrador. |